16 de marzo de 2018

Cuatro años de cárcel por abusar sexualmente de una clienta en el Cruce de Arinaga

Abraham A.D., durante el juicio celebrado el pasado mes de enero
Viernes, 16 de marzo.

Canarias7
La Sala de los Penal del Tribunal Supremo ha rebajado de siete a cuatro años de cárcel la condena que le fue impuesta en enero de 2017 al homeópata y osteópata Abraham A.D. por abusar sexualmente de una clienta de su consulta.
El Alto Tribunal ha estimado parcialmente el recurso de casación interpuesto por la defensa del condenado, entendiendo que en el fallo dictado en su momento por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas se había aplicado de manera inadecuada un subtipo agravado de vulnerabilidad especial de la víctima, de 21 años, que se encontraba en el momento de los hechos sufriendo un estado ansioso-depresivo. Por este motivo, ha rebajado la pena impuesta al acusado de los siete años iniciales a los cuatro, que es la condena mínima para este tipo de delitos.
La sentencia declara probado que en la tarde del 29 de agosto de 2012, mientras Abrahan A.D. atendía en su consulta del Cruce de Arinaga a una joven de 21 años que había requerido sus servicios como masajista osteópata (no titulado) y curandero para que la liberara de traumas que le impedían alcanzar el clímax sexual con su pareja, "la sentó en sus rodillas y le pidió, como parte del tratamiento, que le diera un beso con lengua, para después abrazarla, como así ocurrió".
El fallo agrega que, posteriormente, en el mismo lugar y mientras pasaba la consulta, el acusado, "con los pantalones bajados", tumbó a la joven, que se encontraba en ropa interior, en la camilla, le apartó la braga a un lado, le metió un dedo en la vagina tocándole los pechos y lamiéndole con la lengua el pezón de su pecho izquierdo".