6 de agosto de 2021

Gran Canaria sube al nivel 4 de alerta sanitaria

El Consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias, Blas Trujillo, durante su comparecencia ante los medios de comunicación
 Viernes, 6 de agosto.                                                                                                         

Redacción

El Consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias, Blas Trujillo, anunció ayer los acuerdos tomados en el Consejo de Gobierno celebrado en Santa Cruz de Tenerife para comunicar los asuntos abordados sobre el desarrollo de la pandemia, y confirmó que Gran Canaria pasará al nivel 4 en la madrugada del domingo al lunes.
En esta ocasión, la isla se mantendrá en este nivel de alerta sanitaria hasta el día 19 de agosto, mientras que el caso de Tenerife (nivel 4), La Palma y Fuerteventura (nivel 3), Lanzarote, La Graciosa y La Gomera (nivel 2) y El Hierro (nivel 1) se revisará la próxima semana, por lo que la situación podría cambiar en cualquiera de las islas si la evolución pandémica lo recomendase.
El cambio de nivel en Gran Canaria restringe a un aforo máximo del 75% en las terrazas al aire libre y se permitirán 6 comensales por mesa, mientras que en el interior el aforo será del 50% con un número máximo de 4 comensales por mesa, quedando prohibido el consumo en barra y se establece el cierre del establecimiento y servicio de recogida en el propio local a las 00.00 horas.
El cierre total de los establecimientos se producirá entre las 00.00 y 06.00 horas, con la excepción de los centros, servicios y establecimientos sanitarios; los servicios públicos esenciales, críticos y servicios de transporte público; los servicios sociales y sociosanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la automoción; el servicio de alquiler de vehículos; los servicios funerarios y velatorios; los establecimientos de restauración integrados en centros y servicios sanitarios; la actividad industrial y el comercio mayorista; los servicios de abastecimiento a los servicios y actividades anteriores y  los establecimientos de comidas y bebidas.
En el ámbito laboral, la prestación de servicios se realizará, preferentemente, de modo telemático, y en el caso de reuniones solo se realizarán presencialmente aquellas que sean imprescindibles, garantizando las medidas de seguridad.
La actividad de guías turísticos que restringida a un máximo de 12 personas, salvo aquellas actividades al aire libre en las que se garantice la distancia de seguridad entre los distintos grupos, en los que se permitirá hasta 20 personas y en grupos de máximo de cuatro personas.
Las zonas comunes de centros y parques comerciales tendrá un aforo del 25% y quedará prohibida la utilización de zonas recreativas, infantiles o áreas de descanso, salvo que pueda garantizarse la desinfección tras cada uso.
La actividad cultural en cines, teatros, auditorios y en espacios culturales estables tendrá un aforo de 55% autorizado exclusivamente para aquellas personas que dispongan del Certificado Covid-19, con pauta vacunal completa, prueba diagnóstica de infección activa negativa y realizada en las últimas 72 horas o certificar que ha superado la enfermedad en los últimos seis meses.
El público se podrá acomodar por grupos de convivencia estable de hasta 4 personas, manteniéndose como mínimo dos butacas libres, señalizando la prohibición de uso, entre grupos de convivencia en la misma línea horizontal y una butaca libre tanto delante como detrás de cada butaca ocupada.
En caso de no contar con butacas fijas se mantendrá una distancia perimetral de 1,5 metros de separación entre grupos de convivencia, quedando prohibido, en todos los casos, comer y beber durante los espectáculos o sesiones.
En la actividad física y deportiva no federada y al aire libre de instalaciones y centros deportivas no superará el 25% del aforo en cada uno de los espacios y solo se permitirá la práctica de deporte individual y aquella en la que pueda mantenerse la distancia de 2 metros permenentemente.
No podrán practicarse deportes de equipo ni aquellas prácticas o ejercicios en los que no pueda garantizarse la distancia de 2 metros en todo momento.
Aquellas otras actividades en zonas interiores de instalaciones y centros deportivos no se podrá superar el 33% del aforo en cada una de las estancias o espacios exclusivamente para aquellos usuarios-as que dispongan del Certificado Covid-19, pauta vacunal completa, prueba diagnóstica de infección activa negativa realizada en las últimas 72 horas o certificar que superado la infección en los últimos seis meses.
En todo momento se deberá garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad de dos metros y se deberá hacer uso de la mascarilla, cubriendo nariz y boca permantentemente.
Los establecimientos y locales de juegos y apuestas tendrán un aforo del 33% exclusivamente para aquellos usuarios-as que dispongan de Certificado Covid-19, pauta vacunal completa, prueba diagnóstica de infección activa negativa realizada en las últimas 72 horas o certificar que ha superado la infección en los últimos seis meses.
En estos puntos estará prohibido el consumo de bebidas o comidas y las mesas tendrán una ocupación máxima de cuatro personas, garantizando la distancia de 2 metros entre sillas de diferentes mesas.
Las piscinas de uso colectivo o spas descubiertos tendrán un aforo del 33% en grupos de 2 personas, mientras que las piscina cubiertas de titularidad pública abrirán únicamente para usuarios-as que precisen de la actividad con fines terapéuticos y mejora de la salud.