Viernes, 3 de marzo.
La Provincia
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a tres narcos a penas de entre tres años y medio y nueve meses de cárcel por intentar introducir dos toneladas de hachís en Gran Canaria después que las defensas llegaron a un acuerdo con la Fiscalía, que rebajó sus peticiones iniciales a la mitad.
El juicio, celebrado el pasado miércoles y, al mostrar su conformidad todas las partes, se dictó sentencia in voce en el mismo acto.
Los hechos sucedieron en octubre de 2021, cuando dos de los condenados fueron sorprendidos por agentes de la Guardia Civil del Puesto Principal de Agüimes en la Playa de Vargas descargando 61 fardos de resina de cannabis (hachís) de una lancha neumática, cuyo peso total superaba los dos mil kilogramos, para poner la sustancia estupefaciente a disposición de terceras personas.
La droga fue cargada en dos vehículos todoterreno para trasladarlo a una finca, dos propiedades del tercer acusado, por lo que los investigadores entendieron que esta personas tenía idéntico propósito que los anteriores al proporcionar transporte y lugar en el que ocultarla hasta que fuera distribuida y vendida en el mercado, con un valor aproximado que podía alcanzar los cuatro millones de euros.
Una de las personas que descargaba la droga en Vargas es reincidente, constando en su historial criminal otra condena por delito de tráfico de drogas dilatada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, un hecho juzgado antes de que fuera sorprendido en la playa agüimense y por el que se le condenó a tres años de prisión y una multa de seis millones de euros, penas que están pendientes de cumplirse.
Los otros dos implicados también tienen antecedentes penales, pero no son computables a efectos de reincidencia para la causa.
El Ministerio público entiende, en base al acuerdo alcanzado, que estos hechos son constitutivos de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que no causan grave daño a la salud, en cantidad de notaria importancia y de extrema gravedad por uso de embarcación, unos hechos que se recogen en los artículos 368, 369.1 5ª, 370.3 y 374 del Código Penal vigente.
En un principio, el Ministerio Fiscal pidió que uno de los condenados, de origen marroquí, fuera expulsado del país al cumplir la pena de prisión, pero, sin embargo, al final retiró este interés debido al arraigo que tiene esta persona en España.
La vista terminó con una sentencia dictada en ese mismo momento por el tribunal, que la declaró firme después que las partes confirmaran que no iban a recurrir y que los procesados se mostraban conformes con la calificación de los hechos y la pena impuesta.