27 de agosto de 2024

Impacto ambiental negativo del Parque Eólico Puerto de Arinaga

 Martes, 27 de agosto.

Imagen de archivo
Canarias7

La declaración de impacto ambiental del parque eólico Puerto de Arinaga Fase 1, ubicado en los municipios de Agüimes y Santa Lucía de Tirajana, considera que el proyecto tiene un impacto negativo «muy significativo» sobre el Hábitat de Interés Comunitario (HIC) localizado en el barranco del Polvo.
A su vez, la ubicación propuesta de uno de los tres generadores en la franja costera supone un efecto barrera para las aves y contribuye a un incremento del riesgo de colisiones, además de generar un impacto paisajístico negativo sobre una zona que se pretende preservar libre de infraestructuras de gran impacto.
El acuerdo de la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental adoptó, por unanimidad, hasta seis condicionantes para esta instalación de promueve Parque Eólico Puerto de Arinaga SL, con una inversión de 13,6 millones de euros, y que consiste en la instalación de tres aerogeneradores, con una altura de buje que varía entre 67 y 135 metros, con un diámetro de rotor que oscila entre 115 y 147 metros, a lo que se suma instalaciones auxiliares de evacuación y almacenamiento de energía.
Pese a aclarar que el promotor propone medidas para corregir o mitigar algunos efectos negativos del proyecto el el Plan de Vigilancia Ambiental, el acuerdo especifica que "no parecen suficientes".
Por ello, la decisión aprobada señala que para que el proyecto resulte compatible ambientalmente esos impactos deben corregirse y la única manera de hacerlo es modificar el trazado de la línea soterrada para que discurra integramente por zona urbanizada y que se reubique el aerogenerador 3 en la zona del dique.
En concreto, en el primer condicionante, que evitaría la afección sobre el Hábitat de Interés Comunitario (HIC), se recomienda modificar el proyecto para que el centro de seccionamiento y sistema de almacenamiento se reubique en el ámbito portuario, en la zona del dique o en la explanada entre la depuradora y el propio dique o en zona del polígono industrial fuera del Hábitat de Interés Comunitario (HIC).
La zona presenta un importante elenco de especies protegidas, principalmente aves, con al menos unas 30 especies entre migrantes y residentes, y el estudio de avifauna presentado tiene carencias metodológicas.
El segundo condicionante, relacionado con desafectar la zona costera y armonizar paisajísticamente el parque con el entorno y con disminuir el riesgo para las aves que supone la ubicación del aerogenerador 3, se propone su reubicación en la zona del espigón del muelle.
El tercer condicionante estipula que durante las obras se realizará un seguimiento para que se pueda detectar y reconocer a tiempo la presencia de cualquier vestigio arqueológico.
El cuarto contempla que durante las obras se debe contar con suministro de agua para humedecer la zona y evitar molestias por el levantamiento de polvo.
El quinto condicionante se refiere al seguimiento de colisiones de aves y murciélagos, por lo que antes de poner en marcha del parque se estimará el factor de corrección necesario para valorar la verdadera tasa de mortalidad
El seguimiento se realizará durante al menos cinco años y con periodicidad quincenal desde el momento en el que esté operativo. 
En el caso de las aves es necesario que los aerogeneradores dispongan de dispositivos de detección mediante cámaras o sistemas similares que permitan detenerlos cuando las detecten. Además, las puntas de las palas de los rotores deberán destacarse con pintura.
Por último, el sexto condicionante pretende mitigar el efecto sombra parpadeante o intermitente (shadow flicker), por lo que si hubiese incidencias negativas sobre algún sector de la población se deberá realizar una parada temporal en las turbinas que causen el efecto parpadeante.