17 de mayo de 2017

Condenan a un hombre por acosar con pintadas insultantes a una mujer

La carretera GC-100 era una de las vías utilizadas por el hombre
ahora condenado para realizar las pintadas insultantes a la mujer
Miércoles, 17 de mayo.

La Provincia
El Juzgado de Instrucción número 1 de Telde dictó el pasado día 11 de mayo la sentencia de conformidad por la que se condena a Juan Espino a 16 meses de cárcel, 6.000 euros de indemnización y la reparación de dos vehículos por los mensajes ofensivos que, entre el año 2012 y el pasado mes de marzo, escribía en la carretera GC-1 y las de acceso a Agüimes a una misma mujer y su pareja, con la finalidad de airear la vida sentimental de la misma mediante insultos de todo tipo.
La campaña de acoso sumió a la víctima en un estado de "desasosiego y de humillación" hasta que, cansada de la presión, denunció la situación ante la Guardia Civil, cuyo Grupo de Delitos de Odio, en colaboración con la Fiscalía de Las Palmas y el Juzgado de Instrucción, dio en pocos meses con la identidad del acosador, que resultó el citado Juan Espino.
Éste, según establece la sentencia de conformidad en los hechos probados, había tenido en 2012 una "relación incipiente y romántica" con la denunciante, aunque fueron unos pocos días de flirteo porque la relación no llegó a consolidarse debido a la negativa de la mujer.
Ambos, no obstante, continuaron como aparentes amigos, pero el ahora acusado nunca toleró las nuevas relaciones de la mujer y cayó en una enfermiza "obsesión" que le llevó a realizar una serie de acciones organizadas para atacar la dignidad, la fama y la estima de la mujer por el mero hecho de ser mujer.
Ese "sentimiento discriminatorio" ha motivado que se le aplique la agravante prevista en el Código Penal para los delitos de odio, aunque Espino admitió su responsabilidad y negoció finalmente con la Fiscalía una sentencia de conformidad en el mismo Juzgado de Instrucción, aceptando un año y cuatro meses de prisión contra un delito contra la integridad moral, lo que supone un tercio menos que el castigo máximo previsto en el Código Penal, que es de dos años de cárcel, por lo que no tendrá que ingresar en prisión.
La campaña clandestina de "hostigamiento, acecho y humillación" comenzó en 2012 con las pintadas en la vía pública y se fue agravando con el paso de los años. En diciembre de 2016, Juan Espino rayó la carrocería del coche de un amigo de la denunciante y, poco después, volvió a hacer lo mismo y dejó una nota en el parabrisas del vehículo. Al mes siguiente, la obsesión le llevó a grabar el apodo de la mujer en la carrocería de otro vehículo y dejó una nueva nota manuscrita en la vivienda del propietario de este segundo automóvil.
La sentencia detalla que Juan Espino realizó hasta 18 pintadas ofensivas "con grandes caracteres en paredes, calzadas y vías de acceso a Agüimes, donde reside la mujer, con pintura, usando spray o brocha".
La Guardia Civil también ha documentado que el hombre, tanto de día como de noche, y a pie o en coche, seguía a su víctima y a las personas con las que se relacionaba hasta las casas o locales de ocio a los que acudían.
La sentencia, que ha dictado también una orden de alejamiento de la mujer, establece, además de la pena de cárcel, que deberá indemnizar a la perjudicada con 6.000 euros por los daños morales, a hacerse cargo de la reparación de los desperfectos causados en los dos automóviles y a cumplir tres meses de trabajo en beneficio de la comunidad.