Domingo, 20 de agosto.
Redacción
El Ayuntamiento de Agüimes ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de subvenciones a la instalación de paneles de energía solar destinados al autoconsumo eléctrico en edificios y viviendas de uso residencial, y de las que podrán ser beneficiarios que esta iniciativa, que cuenta para esta anualidad con un presupuesto de 300.000 euros, las personas físicas o jurídicas titulares de las viviendas, así como las comunidades y mancomunidades de vecinos-as que promuevan proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso de las energías renovables.
La cantidad a subvencionar será del 50% del presupuesto del proyecto, con un límite máximo de 3.000 euros por subvención concedida, y se entenderán por gastos subvencionares los costes de ejecución de la obra civil asociada a la actuación, los de adquisición de equipos y materiales y los de montaje de las instalaciones, siempre que se ajusten al valor del mercado.
Loas solicitudes se podrán presentar hasta el próximo día 18 de septiembre mediante la cumplimentación del modelo normalizado establecido al efecto, que se puede descargar en la sede electrónica o en la web municipal.
El formulario deberá ir acompañado de la documentación exigida en la convocatoria y la gestión se podrá realizar tanto de forma telemática, vía sede electrónica, como de forma presencial en las oficinas de atención a la ciudadania (OAC) de Agüimes, Cruce de Arinaga y Arinaga.
El otorgamiento de las subvenciones se realizará por orden de registro de las solicitudes presentadas hasta el agotamiento del crédito disponible o hasta la fecha de finalización del plazo indicado.
En caso que los fondos se agotaran, las siguientes solicitudes presentadas se incluirán en una lista de espera ordenada en función del orden de registro.
Las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Agüimes al amparo de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad, siempre que el total de las ayudas recibidas no supere el 100% de la inversión subvencionaba o, en su caso, el límite máximo establecido en la normativa que resulte de aplicación.