7 de agosto de 2024

Dos inversores, investigados por una presunta estafa de criptomonedas

 Miércoles, 7 de agosto.

Imagen promocional de criptomonedas
La Provincia

Dos inversores de Vecindario están siendo investigados por presuntamente estafar a setenta y dos personas de distintas provincias españolas al engañarlas con obtener beneficios económicos inmediatos si depositaban dinero en sus empresas.
Al menos tres de los afectados decidieron denunciar los hechos ante la sospecha de que la pareja, en lugar de invertir sus ahorros, había decidido convertidos en criptomonedas para su propio uso.
Los supuestos hechos delictivos se siguen en dos procedimientos separados, cuyas competencias corresponden al Juzgado Mixto número 1 de Telde y al Juzgado de Instrucción número 14 de Sevilla.
Un auto de la Sala de los Penal del Tribunal Supremo, fechado el 17 de julio, recuerda que la causa que se instruyen en las islas parte de la denuncia que presentó un vecino de Puerto de Santa María (Cádiz) en los juzgados de su ciudad, que considera que la pareja de Vecindario había cometido delitos de estafa, falsedad documental, publicidad engañosa contra los consumidores, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal.
La acusación sostiene que el perjudicado contactó con los investigados a través de terceras personas, y estos le propusieron participar como inversor en la sociedad de responsabilidad limitada Contigo Formación, domiciliada en Agüimes.
El denunciante y la sociedad firmaron dos contratos y se amplió el capital, mientras que dos meses más tarde, los imputados le propusieron participar en otra de sus sociedades, el Grupo Jiad, con sede también en Agüimes.
"Como consecuencia de aquellos contactos, que se sitúan en 2019, el denunciante realizó diversos ingresos, descubriendo con posterioridad que todo era una ficción con la creación de programas de inversión inexistentes y calendarios falsos de abonos.
Las cantidades ingresadas se desviaron a las cuentas de los estafadores y promotores, que se convertían en criptomonedas o eran depositadas en cuentas o wallets sin control de los inversores", apunta la denuncia.
La supuesta víctima aportó a la causa los contratos, que fueron firmados en Gran Canaria, y refirió que hay aproximadamente  setenta y dos inversores afectados, logrando identificar a siete de ellos.
Para continuar con las pesquisas, la parte acusatoria solicita numerosas diligencias, entre las que se incluye entradas y registros domiciliarios.
El Juzgado del Puerto de Santa Maria se inhibió de la causa parque "parece lógico presumir que la instrucción tendrá más éxito si se lleva a cabo por el juzgado del partido judicial de Telde, que incluye el municipio de Agüimes, al que corresponde el domicilio de las empresas denunciadas, a través de las cuales se han llevado a cabo los hechos presuntamente delictivos".
Además, "afirma en la denuncia que hay muchas más personas estafadas y se aportan los datos de algunos de ellos, resultando que tienen sus domicilios en distintas provincias españolas, siendo por ello prudencial que la causa la tramite un juzgado que sirva de nexo común para todos, como sería el del lugar de la comisión de los hechos".
Sin embargo, el Juzgado Mixto número 1 de Telde rechazó la inhibición porque el juzgado gaditano que recibió la denuncia es donde está domiciliado la víctima y es el primero que conoció el procedimiento, por lo que se remitió la cuestión de competencia al Tribunal Supremo, que decidió que la causa debía permanecer en Gran Canaria.
El tribunal recuerda que en los delitos informáticos la sala viene priorizando dar la competencia al lugar donde la investigación policial pueda tener algún éxito y sea posible, asimismo, realizar las pesquisas necesarias sobre los ordenadores utilizados.
Un segundo auto del Tribunal Supremo, fechado el 17 de julio, hace referencia a la denuncia presentada en la Guardia Civil por una pareja de Illescas, en Toledo, que relataba haber sufrido un presunto delito de estafa por parte de la entidad Grupo Jiad, gestionada por el hombre y la mujer a los que también investigaba el Juzgado de Telde.
La pareja asegura que realizaron un ingreso de 5.000 euros en concepto de inversión,  propuesta por un amigo común con domicilio en Las Palmas de Gran Canaria, porque supuestamente les prometieron que obtendrían un beneficio a corto plazo y que se produjo nunca.
Asimismo, denunciaron que para adherirse al producto financiero accedieron a firmar un documento denominado contrato de préstamo que les enviaron por correo y, a cambio, aseguran que les habían prometido que en un plazo de diez días recibirían las cantidad de 50.000 euros por parte de la empresa, lo que significaba que multiplicarían por diez el capital aportado.
La cuenta bancaria que recibió el importe tiene como titular a la mercantil denunciada y radica en una sucursal de Vecindario.
El Supremo establece que el órgano competente de investigar estos hechos es el Juzgado de Instrucción número 14 de Sevilla porque "de entre los juzgados implicados tendrá preferencia el primero en conocer el caso".
En esta ocasión, apunta a que no se da la excepción derivada del criterio de eficacia "sin perjuicio de eventuales inhibiciones de aparecer nuevos elementos".