El magistrado Miguel Ángel Parramón ha ratificado prisión provisional para los procesados por el denominado "caso kárate", la que, posiblemente, sea la mayor trama de pedofilia de España.
En su auto de procesamiento, dado a conocer por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se declara procesados por esta causa a Fernando Antonio Torres Baena, Ivonne González Herrera, María José González Peña y Juan Luis Benítez Cárdenes, y no procesados a José Agustín González Peña y Edith Enriqueta Volo Pérez.
Los procesados por un presunto delito continuado de abuso de menores y por un delito continuado de corrupción de menores disponen de tres días para designar abogado y procurador con el apercibimiento de que en el caso de no hacerlo le será nombrado del turno de oficio.
Esta podría convertirse en la mayor trama de pedofilia de España. El juez ratifica la prisión provisional de Fernando A. Torres Baena, Ivonne González Herrera y María José González Peña y la libertad provisional de Juan Luis Benítez Cárdenes, quien tiene la obligación 'apud acta' de comparecer ante este juzgado o tribunal que entienda la causa los lunes, miércoles y viernes de cada semana y cuantas veces fuere llamado.
Igualmente, el magistrado requiere a los tres principales procesados para que en el plazo de un día (hoy) presten fianza en la cantidad de seis millones de euros para asegurar solidariamente las responsabilidades pecuniarias que en definitiva pudieran imponérsele, al tiempo que les advierte de que no prestarla se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada. Asimismo, da un día también a Juan Luis Benítez Cárdenes para que preste fianza de 400. 000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias.
El juez ordena que se forme una pieza separada para las responsabilidades pecuniarias. Precisa que, ante la evidente complejidad de la causa y el periodo vacacional próximo del mes de agosto, con el fin de facilitar el derecho de defensa tanto a las defensas como a las acusaciones, se amplía a 10 días el plazo legalmente previsto de tres días para recurrir, en su caso, la presente resolución, a contar desde el 1 de septiembre de 2010.
En su auto, Parramón detalla que de las actuaciones se infiere que "aprovechando la situación de superioridad manifiesta y primacía psicológica que les concedía la relación de subordinación derivada de la diferencia de edad y de la relación profesor-alumno", los imputados mantuvieron relaciones sexuales con alumnos y alumnas, todos y todas menores de edad, del gimnasio de kárate propiedad del imputado Fernando Torres Baena en Las Palmas de Gran Canaria.
En esta academia de artes marciales, la Escuela de Kárate Torres Baena, eran profesores o monitores, además del referido Fernando, los también imputados María José G. P. , Ivonne G. H. y Juan Luis B. C. .
Además, señala que los imputados "incitaron y promovieron que algunos de los referidos alumnos y alumnas menores de edad mantuviesen relaciones sexuales con otras personas, mayores y menores de edad, individualmente o en grupo", en la academia y en el chalet de Torres Baena en la Playa de Vargas.
De lo actuado también resulta que el imputado Fernando T. B. poseía en su vivienda pistola marca Erringer, del calibre 22, sin la correspondiente licencia.
En el auto se relatan cada una de las presuntas relaciones sexuales y tocamientos a los que fueron forzados 61 niños con edades comprendidas entre los 10 años y hasta los 18 años aproximadamente. La resolución cita también a otras personas cuyos delitos han prescrito tras el período de tiempo transcurrido.
Por todo ello, el juez imputa a Fernando T. B. al menos 56 supuestos delitos, 16 delitos de abusos sexuales a menores de 13 años, 25 de abusos sexuales con prevalimiento, una tentativa de abuso sexual, 13 de corrupción de menores y uno de tenencia ilícita de armas.
Ivonne G. H. está imputada por 27 presuntos delitos continuados de abusos sexuales con prevalimiento y acceso carnal, y dos delitos de corrupción de menores.
Por su parte, a María José G. P. se le imputan 24 supuestos delitos continuados de abusos sexuales con prevalimiento y acceso carnal y dos delitos de corrupción de menores. Mientras que Juan Luis B. C. está imputado por cinco presuntos delitos continuados de abusos sexuales.
Los procesados por un presunto delito continuado de abuso de menores y por un delito continuado de corrupción de menores disponen de tres días para designar abogado y procurador con el apercibimiento de que en el caso de no hacerlo le será nombrado del turno de oficio.
Esta podría convertirse en la mayor trama de pedofilia de España. El juez ratifica la prisión provisional de Fernando A. Torres Baena, Ivonne González Herrera y María José González Peña y la libertad provisional de Juan Luis Benítez Cárdenes, quien tiene la obligación 'apud acta' de comparecer ante este juzgado o tribunal que entienda la causa los lunes, miércoles y viernes de cada semana y cuantas veces fuere llamado.
Igualmente, el magistrado requiere a los tres principales procesados para que en el plazo de un día (hoy) presten fianza en la cantidad de seis millones de euros para asegurar solidariamente las responsabilidades pecuniarias que en definitiva pudieran imponérsele, al tiempo que les advierte de que no prestarla se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada. Asimismo, da un día también a Juan Luis Benítez Cárdenes para que preste fianza de 400. 000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias.
El juez ordena que se forme una pieza separada para las responsabilidades pecuniarias. Precisa que, ante la evidente complejidad de la causa y el periodo vacacional próximo del mes de agosto, con el fin de facilitar el derecho de defensa tanto a las defensas como a las acusaciones, se amplía a 10 días el plazo legalmente previsto de tres días para recurrir, en su caso, la presente resolución, a contar desde el 1 de septiembre de 2010.
En su auto, Parramón detalla que de las actuaciones se infiere que "aprovechando la situación de superioridad manifiesta y primacía psicológica que les concedía la relación de subordinación derivada de la diferencia de edad y de la relación profesor-alumno", los imputados mantuvieron relaciones sexuales con alumnos y alumnas, todos y todas menores de edad, del gimnasio de kárate propiedad del imputado Fernando Torres Baena en Las Palmas de Gran Canaria.
En esta academia de artes marciales, la Escuela de Kárate Torres Baena, eran profesores o monitores, además del referido Fernando, los también imputados María José G. P. , Ivonne G. H. y Juan Luis B. C. .
Además, señala que los imputados "incitaron y promovieron que algunos de los referidos alumnos y alumnas menores de edad mantuviesen relaciones sexuales con otras personas, mayores y menores de edad, individualmente o en grupo", en la academia y en el chalet de Torres Baena en la Playa de Vargas.
De lo actuado también resulta que el imputado Fernando T. B. poseía en su vivienda pistola marca Erringer, del calibre 22, sin la correspondiente licencia.
En el auto se relatan cada una de las presuntas relaciones sexuales y tocamientos a los que fueron forzados 61 niños con edades comprendidas entre los 10 años y hasta los 18 años aproximadamente. La resolución cita también a otras personas cuyos delitos han prescrito tras el período de tiempo transcurrido.
Por todo ello, el juez imputa a Fernando T. B. al menos 56 supuestos delitos, 16 delitos de abusos sexuales a menores de 13 años, 25 de abusos sexuales con prevalimiento, una tentativa de abuso sexual, 13 de corrupción de menores y uno de tenencia ilícita de armas.
Ivonne G. H. está imputada por 27 presuntos delitos continuados de abusos sexuales con prevalimiento y acceso carnal, y dos delitos de corrupción de menores.
Por su parte, a María José G. P. se le imputan 24 supuestos delitos continuados de abusos sexuales con prevalimiento y acceso carnal y dos delitos de corrupción de menores. Mientras que Juan Luis B. C. está imputado por cinco presuntos delitos continuados de abusos sexuales.
Por otra parte, Francisco Mazorra, uno de los abogados que representa a las víctimas del "caso kárate", no ha ocultado su "estupor" e "indignación" ante el último ardid de Fernando Torres Baena, que ha solicitado a la Oficina Española de Patentes y Marcas que registre a su nombre la denominación "caso kárate", en concreto bajo el epígrafe libros y/o películas.
La plataforma de víctimas, representada por el letrado José María Palomino, también se opone y ha puesto el caso en manos de especialistas en propiedad intelectual para evitar que la patente prospere.
"Es ridículo, surrealista y de locos intentar ganar dinero de esa manera", opina Francisco Mazorra. El abogado no cree que la solicitud se tramite con éxito y, en el caso de hacerlo, entiende que "no servirá para nada". Mazorra explica que la reforma del Código Penal va a introducir cambios en la legislación para proteger la dignidad de las víctimas y evitar que sean humilladas. "Sólo los perjudicados podrán hacer uso de los hechos probados que recojan las sentencias". Y agrega: "no se puede ganar dinero haciendo ostentación de la conducta criminal perpetrada".
La modificación de la protección del derecho al honor pretende poner freno al mercadeo que se produce en algunos programas de televisión con determinadas sentencias condenatorias. De hecho, durante los últimos años, se ha generalizado la costumbre de acudir a esos programas para "hacer dinero a base de condenas", según explica Palomino.
En cualquier caso, se desconoce cuál es la intención de Torres Baena al tratar de patentar el "caso kárate" como si fuera una marca. Las fuentes consultadas, entre ellas algunas cercanas al imputado, no descartan una motivación económica en dicha estrategia, pero consideran que su intención principal es hacerse con el control de las futuras historias que se puedan publicar sobre el caso, entre otros motivos, para dar su propia versión de los hechos.
Fotografías: En la primera imagen, el principal imputado Fernando Torres Baena. En la segunda, María José González Peña, durante los registros realizados en la vivienda que ambos compartían en la Playa de Vargas.