Fernando Torres Baena, en una imagen de archivo durante uno de los registros que se llevaron a cabo en su vivienda de la Playa de Vargas |
La Provincia
La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha
abierto la puerta a la revisión del caso Kárate, una de las tramas de abuso
sexual y corrupción de menores más importantes que se han juzgado en España.
El
juicio se saldó en marzo del año pasado con 302 años de cárcel para Fernando
Torres Baena por aprovecharse de más de 40 alumnos durante las últimas dos
décadas, un periodo en el que su escuela de kárate destacó en el panorama
deportivo nacional e internacional con varios campeones, hasta que una de las
víctimas lo denunció en febrero de 2010 y el Cuerpo Nacional de Policía (CNP)
detuvo a los responsables de su academia de artes marciales.
La Sección Sexta de la Audiencia de Las
Palmas también impuso 148 años de prisión a María José González Peña por 20
abusos, así como otros 126 años de cárcel a Ivonne González Herrera por 17
delitos de esa naturaleza, al tiempo que absolvió al cuarto acusado, Juan Luis
Benítez Peña.
Sin embargo, tanto la acusación particular
como las defensas han recurrido en casación al Supremo: unos para tratar de
rebajar las penas impuestas a sus representados; otros para reclamar la condena
del único exculpado. Y es ahí donde entra en juego el fiscal Salvador Viada
Bardají, pues ha solicitado a la Sala de lo Penal del TS que estime de manera
parcial uno de los motivos de impugnación planteados por la defensa de Baena.
El letrado Ángel Luis Calonge considera que
el tribunal le causó indefensión a su cliente porque no valoró la prueba
practicada a favor de Torres Baena en el juicio. El representante del
ministerio público concede la razón al abogado y apoya la estimación del
recurso sólo en ese punto, con la finalidad de que "se anule la sentencia
y se remita nuevamente al tribunal sentenciador para que desarrolle su
valoración sobre la prueba de la defensa", recoge el fiscal en un informe
de 65 folios en el que se rechazan el resto de las propuestas (las defensas
formularon hasta 55 motivos de casación, aunque en el último momento
renunciaron a algunos de ellos).
Y es que los recursos cuestionaban tanto la
motivación de la sentencia como la credibilidad de los testimonios prestados
por las víctimas, entre otras argumentaciones que la Fiscalía del Supremo niega
de plano e interesa su desestimación. "Los testimonios fueron creíbles
para la Sala porque contaron algo que les afectaba a lo más hondo de su
personalidad, a su dignidad", explica el fiscal. Los magistrados
recogieron esas declaraciones, las cohonestaron con lo que dijeron los otros
testigos y las contrastaron con las periciales y el resultado de los registros.
Por eso el fiscal entiende que no se le puede reprochar a la sentencia una
motivación meramente formal. "El acusado y cualquier observador imparcial
puede conocer por qué se le condena y con cargo a qué pruebas", añade.
De hecho, el ministerio público se muestra a
favor de aceptar el recurso de la acusación particular respecto a la absolución
de Juan Luis Benítez Peña, al estimar que los abusos que se le imputaban a este
acusado "no son episodios aislados" y sí existe prueba de cargo para
un hipotética condena, tal y como recogía el voto particular de Emilio Moya,
presidente de la Audiencia de Las Palmas y de la Sección Sexta, que se opuso a
la exculpación de Benítez.
Por tanto, la única fisura que aprecia el fiscal
en la sentencia es la "omisión de la valoración de la prueba de la
defensa". Se trata, sostiene el fiscal, de un material probatorio
"meramente circunstancial", pero que tiene su importancia porque
puede desembocar en la indefensión de Torres Baena. De ahí que apoye en ese
punto a la defensa. El Supremo deberá ahora pronunciarse sobre esos recursos y
determinar si procede anular la sentencia para evaluar los 14 testimonios a
favor del condenado.