23 de enero de 2014

El fiscal del Tribunal Supremo apoya que se revise la condena a Fernando Torres Baena al causarle indefensión

Fernando Torres Baena, en una imagen de archivo durante uno de los
registros que se llevaron a cabo en su vivienda de la Playa de Vargas
Jueves, 23 de enero.

La Provincia
La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha abierto la puerta a la revisión del caso Kárate, una de las tramas de abuso sexual y corrupción de menores más importantes que se han juzgado en España. 
El juicio se saldó en marzo del año pasado con 302 años de cárcel para Fernando Torres Baena por aprovecharse de más de 40 alumnos durante las últimas dos décadas, un periodo en el que su escuela de kárate destacó en el panorama deportivo nacional e internacional con varios campeones, hasta que una de las víctimas lo denunció en febrero de 2010 y el Cuerpo Nacional de Policía (CNP) detuvo a los responsables de su academia de artes marciales.

La Sección Sexta de la Audiencia de Las Palmas también impuso 148 años de prisión a María José González Peña por 20 abusos, así como otros 126 años de cárcel a Ivonne González Herrera por 17 delitos de esa naturaleza, al tiempo que absolvió al cuarto acusado, Juan Luis Benítez Peña.

Sin embargo, tanto la acusación particular como las defensas han recurrido en casación al Supremo: unos para tratar de rebajar las penas impuestas a sus representados; otros para reclamar la condena del único exculpado. Y es ahí donde entra en juego el fiscal Salvador Viada Bardají, pues ha solicitado a la Sala de lo Penal del TS que estime de manera parcial uno de los motivos de impugnación planteados por la defensa de Baena.

El letrado Ángel Luis Calonge considera que el tribunal le causó indefensión a su cliente porque no valoró la prueba practicada a favor de Torres Baena en el juicio. El representante del ministerio público concede la razón al abogado y apoya la estimación del recurso sólo en ese punto, con la finalidad de que "se anule la sentencia y se remita nuevamente al tribunal sentenciador para que desarrolle su valoración sobre la prueba de la defensa", recoge el fiscal en un informe de 65 folios en el que se rechazan el resto de las propuestas (las defensas formularon hasta 55 motivos de casación, aunque en el último momento renunciaron a algunos de ellos).

Y es que los recursos cuestionaban tanto la motivación de la sentencia como la credibilidad de los testimonios prestados por las víctimas, entre otras argumentaciones que la Fiscalía del Supremo niega de plano e interesa su desestimación. "Los testimonios fueron creíbles para la Sala porque contaron algo que les afectaba a lo más hondo de su personalidad, a su dignidad", explica el fiscal. Los magistrados recogieron esas declaraciones, las cohonestaron con lo que dijeron los otros testigos y las contrastaron con las periciales y el resultado de los registros. Por eso el fiscal entiende que no se le puede reprochar a la sentencia una motivación meramente formal. "El acusado y cualquier observador imparcial puede conocer por qué se le condena y con cargo a qué pruebas", añade.

De hecho, el ministerio público se muestra a favor de aceptar el recurso de la acusación particular respecto a la absolución de Juan Luis Benítez Peña, al estimar que los abusos que se le imputaban a este acusado "no son episodios aislados" y sí existe prueba de cargo para un hipotética condena, tal y como recogía el voto particular de Emilio Moya, presidente de la Audiencia de Las Palmas y de la Sección Sexta, que se opuso a la exculpación de Benítez.

Por tanto, la única fisura que aprecia el fiscal en la sentencia es la "omisión de la valoración de la prueba de la defensa". Se trata, sostiene el fiscal, de un material probatorio "meramente circunstancial", pero que tiene su importancia porque puede desembocar en la indefensión de Torres Baena. De ahí que apoye en ese punto a la defensa. El Supremo deberá ahora pronunciarse sobre esos recursos y determinar si procede anular la sentencia para evaluar los 14 testimonios a favor del condenado.