24 de enero de 2014

El fiscal del TS ve motivos para condenar a Benítez en el caso kárate

Viernes, 24 de enero.

Juan Luis Benítez, Ivonne González, María José González y Fernando
Torres Baena, durante una de las sesiones del juicio del caso kárate
La Provincia
La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) no sólo apoya que se anule la condena contra Fernando Torres Baena y se dicte una nueva sentencia en la que se valore la prueba practicada por la defensa, sino que el fiscal Salvador Viada Bardají también se muestra partidario de revisar la absolución de Juan Luis Benítez Peña, pues califica de "arbitrarias" las razones esgrimidas por la Audiencia Provincial de Las Palmas para motivar su exculpación en el caso kárate, uno de los juicios por abuso sexual y corrupción de menores más importantes que se han celebrado en España.
La Sección Sexta del tribunal provincial impuso el pasado marzo 302 años de cárcel a Torres Baena por abusar de 40 alumnos de su escuela de kárate. También condenó a María José González Peña a 148 años de prisión y a Ivonne González Herrera a 128 años de reclusión, al tiempo que absolvió al cuarto profesor de kárate acusado, Juan Luis Benítez.

La acusación particular ha recurrido en casación la exculpación del procesado y el fiscal ha respaldo esa petición, al considerar que "la sentencia no hace una valoración racional de las pruebas" relacionados con Benítez. "Lo cierto es que hay pruebas muy sólidas de que abusaba de menores, tan sólidas como las del resto de condenados", explica Salvador Viada en el informe remitido a la Sala de lo Penal del TS.

El representante del ministerio público entiende que el tribunal ha justificado de forma "errónea" la absolución, motivo por el que se muestra partidario de que el asunto vuelva a la Audiencia para que motive su resolución.

El fiscal se apoya en el voto particular de Emilio Moya, que sí apreció una prueba de cargo suficiente para condenar a Benítez a 20 años de prisión por los abusos denunciados por tres alumnas. Dos de esas víctimas son las que han recurrido en casación y han obtenido el apoyo del fiscal. Según éste, el procesado era "un depredador sexual de menores igual que los otros condenados", pues "aprovechaba la ocasión que le brindaba el ambiente libertino creado por Torres Baena" para abusar de las víctimas de forma "oportunista".

No lo ve así la abogada María Rosa Díaz-Bertrana, que logró la exoneración de Benítez tras casi siete meses de juicio en sesiones discontinuas. "No cabe ninguna duda de que la absolución es justa y está perfectamente motivada", sostiene la letrada, que también ha impugnado el recurso de la acusación para oponerse a la revisión de la sentencia. Díaz-Bertrana tacha el informe del fiscal de "extravagancia judicial", pues considera que su argumentación es "ambigua, incongruente y confusa". La abogada se refiere a una contradicción entre el contenido del dictamen y su enunciado inicial (al principio interesa la desestimación de todos los motivos de casación, pero luego salva de la quema dos de los cuatro planteados por la acusación particular y uno de los 21 interesados por la defensa de Baena).

En este último motivo de impugnación, el fiscal considera oportuno anular la sentencia y devolver las actuaciones a la Audiencia para que valore la prueba de la defensa y dicte una nueva resolución, con la finalidad de evitar la indefensión planteada por el abogado Ángel Luis Calonge.

En cambio, desde el despacho Palomino y Asociados, que ejerció la acusación en el juicio, restan importancia a la posible revisión de la sentencia al entender que se trata de un aspecto formal. Entienden que la prueba de la defensa está valorada de forma implícita por el tribunal y esperan que el Supremo rechace las peticiones de Torres Baena y el resto de condenados. La Sala de lo Penal debe celebrar ahora una vista para decidir si confirma la sentencia en todos sus términos o no introduce alguna modificación en la misma.

El letrado del principal condenado, Ángel Luis Calonge, se muestra igual de prudente, entre otros motivos porque el Alto Tribunal no sólo debe pronunciarse sobre el motivo apoyado parcialmente por el fiscal, sino también sobre el resto de impugnaciones planteadas por todas las defensas.

Calonge no reduce la cuestión a un aspecto meramente formal, pues afecta a un derecho fundamental que podría desembocar en la nulidad de la sentencia completa, siempre y cuando el Tribunal Supremo le conceda la razón y resuelva que se le ha causado indefensión a Fernando Torres Baena.