Juan Luis Benítez, Ivonne González, María José González y Fernando Torres Baena, durante una de las sesiones del juicio del caso kárate |
La Provincia
La Fiscalía del Tribunal
Supremo (TS) no sólo apoya que se anule la condena contra Fernando Torres Baena
y se dicte una nueva sentencia en la que se valore la prueba practicada por la
defensa, sino que el fiscal Salvador Viada Bardají también se muestra partidario de
revisar la absolución de Juan Luis Benítez Peña, pues califica de
"arbitrarias" las razones esgrimidas por la Audiencia Provincial de
Las Palmas para motivar su exculpación en el caso kárate, uno de los juicios
por abuso sexual y corrupción de menores más importantes que se han celebrado
en España.
La Sección Sexta del tribunal
provincial impuso el pasado marzo 302 años de cárcel a Torres Baena por abusar
de 40 alumnos de su escuela de kárate. También condenó a María José González
Peña a 148 años de prisión y a Ivonne González Herrera a 128 años de reclusión,
al tiempo que absolvió al cuarto profesor de kárate acusado, Juan Luis Benítez.
La acusación particular ha
recurrido en casación la exculpación del procesado y el fiscal ha respaldo esa
petición, al considerar que "la sentencia no hace una valoración racional
de las pruebas" relacionados con Benítez. "Lo cierto es que hay
pruebas muy sólidas de que abusaba de menores, tan sólidas como las del resto
de condenados", explica Salvador Viada en el informe remitido a la Sala de
lo Penal del TS.
El representante del
ministerio público entiende que el tribunal ha justificado de forma
"errónea" la absolución, motivo por el que se muestra partidario de
que el asunto vuelva a la Audiencia para que motive su resolución.
El fiscal se apoya en el voto
particular de Emilio Moya, que sí apreció una prueba de cargo suficiente para
condenar a Benítez a 20 años de prisión por los abusos denunciados por tres
alumnas. Dos de esas víctimas son las que han recurrido en casación y han
obtenido el apoyo del fiscal. Según éste, el procesado era "un depredador
sexual de menores igual que los otros condenados", pues "aprovechaba
la ocasión que le brindaba el ambiente libertino creado por Torres Baena"
para abusar de las víctimas de forma "oportunista".
No lo ve así la abogada María
Rosa Díaz-Bertrana, que logró la exoneración de Benítez tras casi siete meses
de juicio en sesiones discontinuas. "No cabe ninguna duda de que la
absolución es justa y está perfectamente motivada", sostiene la letrada,
que también ha impugnado el recurso de la acusación para oponerse a la revisión
de la sentencia. Díaz-Bertrana tacha el informe del fiscal de
"extravagancia judicial", pues considera que su argumentación es
"ambigua, incongruente y confusa". La abogada se refiere a una
contradicción entre el contenido del dictamen y su enunciado inicial (al
principio interesa la desestimación de todos los motivos de casación, pero
luego salva de la quema dos de los cuatro planteados por la acusación
particular y uno de los 21 interesados por la defensa de Baena).
En este último motivo de
impugnación, el fiscal considera oportuno anular la sentencia y devolver las
actuaciones a la Audiencia para que valore la prueba de la defensa y dicte una
nueva resolución, con la finalidad de evitar la indefensión planteada por el
abogado Ángel Luis Calonge.
En cambio, desde el despacho
Palomino y Asociados, que ejerció la acusación en el juicio, restan importancia
a la posible revisión de la sentencia al entender que se trata de un aspecto
formal. Entienden que la prueba de la defensa está valorada de forma implícita
por el tribunal y esperan que el Supremo rechace las peticiones de Torres Baena
y el resto de condenados. La Sala de lo Penal debe celebrar ahora una vista
para decidir si confirma la sentencia en todos sus términos o no introduce
alguna modificación en la misma.
El letrado del principal
condenado, Ángel Luis Calonge, se muestra igual de prudente, entre otros
motivos porque el Alto Tribunal no sólo debe pronunciarse sobre el motivo
apoyado parcialmente por el fiscal, sino también sobre el resto de
impugnaciones planteadas por todas las defensas.
Calonge no reduce la cuestión a un
aspecto meramente formal, pues afecta a un derecho fundamental que podría
desembocar en la nulidad de la sentencia completa, siempre y cuando el Tribunal
Supremo le conceda la razón y resuelva que se le ha causado indefensión a
Fernando Torres Baena.