Miércoles, 17 de agosto.
Redacción
La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial publicó el pasado jueves en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) el acuerdo favorable de la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental de 20 de julio de 2022 que formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación de una fábrica de hipoclorito sódico al 15% en el Polígono Industrial de Arinaga, promovido por Biomca Química S.L.
La planta tendrá su emplazamiento en la zona de servicio del Puerto de Arinaga, en terrenos de la Zona Franca, donde la Autoridad Portuaria de Las Palmas le otorgó una concesión para ocupar una superficie de 4.135,75 metros cuadrados.
Con esta planta, Bioma Química S.L. pretende dar respuesta a la elevada demanda existente del producto de referencia, disminuyendo el precio de venta del mismo y aumentando su capacidad con respecto a los competidores.
Asimismo, los clientes potenciales quedarán exentos de la necesidad de importar el producto, con la consiguiente reducción en los costes de transporte y el aumento en la calidad del producto, ya que el hipoclorito sódico constituye un compuesto inestable que se va degradando a razón de 0,75 gramos de Cl activo al día, favorecida por el movimiento de los barcos de transporte y la temperatura de almacenamiento.
Finalmente, el producto elaborado será distribuido mediante camiones cisterna que suministrarán directamente a los clientes, principalmente piscinas, abastecimiento de aguas, envasadoras de lejía, etc.
Será una instalación para la fabricación de hipoclorito sódico al 15% (lejía concentrada) mediante un proceso químico a partir de una disolución de agua desmineralizada (H2 O) y sal común purificada (NaCl), salmuera, que se somete a una corriente eléctrica (electrolisis), mediante la cual se obtiene cloro gaseoso (Cl2), hidrógeno gaseoso (H2) y sosa cáustica (NaOH).
Con posterioridad, el cloro obtenido se reincorpora al sistema, en presencia de ácido clorhídrico (CIH), sulfito de sodio (NaSO) y sosa cáustica (NaOH) para formar el hipoclorito de sodio e hidrógeno.
Esta declaración favorable de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si no se hubiera comenzado su ejecución en el plazo de cuatro años, contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOC.
A estos efectos, el promotor deberá comunicar el inicio de la ejecución del proyecto a la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente y al resto de administraciones afectadas por las obras y la operatividad de la instalación.