Miércoles, 5 de marzo.
Redacción
El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado una condena de 18 años y un día de prisión para un hombre acusado de violar a una joven y amordazar a su pareja en la Playa de Vargas en abril de 2020.
La sentencia incluye 13 años y un día por agresión sexual y 5 años y un día adicionales, así como el abono de 75.000 euros a la mujer y 25.000 euros al hombre.
Los hechos ocurrieron el 1 de abril de 2020, en pleno confinamiento por la pandemia de la Covid-19, cuando la pareja, de 22 y 25 años, acampaba en la playa cuando fueron sorprendidos por el agresor, que vestía con sudadera oscura con capucha, pasamontañas y guantes.
El hombre se hizo pasar por policía y, exhibiendo un cuchillo de 20 centímetros, ordenó a la joven a que amarrara con unas bridas al hombre que la acompañaba, que quedó inmovilizado y sin poder ver lo que ocurría.
Posteriormente, el agresor ató las manos de la chica y, empujándola, la obligó a caminar unos trescientos metros, hasta una casa abandonada, donde había un colchón y, tras desamarrarla y quitarle parte de la ropa, la violó hasta en dos ocasiones.
Tras la agresión, el condenado huyó del lugar y la joven permaneció paralizada hasta el amanecer, cuando fue auxiliada por un hombre que paseaba a su perro, mientras que su pareja, que logró liberarse utilizando un mechero y una lata, alertó a la policía sobre las 01.30 horas.
El agresor, un consumidor habitual de sustancias tóxicas, fue detenido veinte días después y ha permanecido desde entonces en prisión.
La condena se basó en las pruebas de ADN halladas en la saliva de la víctima y en el cuchillo utilizado en la agresión, así como las bridas localizadas en el domicilio del acusado, cuyo código coincidía con el de las utilizadas la noche de los hechos.
A pesar de todo, el condenado recurrió la sentencia alegando que su rostro estaba cubierto y no podía ser identificado, que ya conocía a la víctima y habían mantenido relaciones antes, que no había restos biológicos en la mujer, sólo en su rostro, y que no tendía sentido que intentara no dejar rastros pero abandonara el cuchillo en el lugar.
El Tribunal Supremo rechazó estos argumentos señalando que no se detectaron errores en al valoración de las pruebas realizadas en instancias anteriores.
La joven, desde el día de la agresión, presenta síntomas de trastorno adaptativo reactivo postraumático, con graves secuelas psicológicas.
La sentencia incluye 13 años y un día por agresión sexual y 5 años y un día adicionales, así como el abono de 75.000 euros a la mujer y 25.000 euros al hombre.
Los hechos ocurrieron el 1 de abril de 2020, en pleno confinamiento por la pandemia de la Covid-19, cuando la pareja, de 22 y 25 años, acampaba en la playa cuando fueron sorprendidos por el agresor, que vestía con sudadera oscura con capucha, pasamontañas y guantes.
El hombre se hizo pasar por policía y, exhibiendo un cuchillo de 20 centímetros, ordenó a la joven a que amarrara con unas bridas al hombre que la acompañaba, que quedó inmovilizado y sin poder ver lo que ocurría.
Posteriormente, el agresor ató las manos de la chica y, empujándola, la obligó a caminar unos trescientos metros, hasta una casa abandonada, donde había un colchón y, tras desamarrarla y quitarle parte de la ropa, la violó hasta en dos ocasiones.
Tras la agresión, el condenado huyó del lugar y la joven permaneció paralizada hasta el amanecer, cuando fue auxiliada por un hombre que paseaba a su perro, mientras que su pareja, que logró liberarse utilizando un mechero y una lata, alertó a la policía sobre las 01.30 horas.
El agresor, un consumidor habitual de sustancias tóxicas, fue detenido veinte días después y ha permanecido desde entonces en prisión.
La condena se basó en las pruebas de ADN halladas en la saliva de la víctima y en el cuchillo utilizado en la agresión, así como las bridas localizadas en el domicilio del acusado, cuyo código coincidía con el de las utilizadas la noche de los hechos.
A pesar de todo, el condenado recurrió la sentencia alegando que su rostro estaba cubierto y no podía ser identificado, que ya conocía a la víctima y habían mantenido relaciones antes, que no había restos biológicos en la mujer, sólo en su rostro, y que no tendía sentido que intentara no dejar rastros pero abandonara el cuchillo en el lugar.
El Tribunal Supremo rechazó estos argumentos señalando que no se detectaron errores en al valoración de las pruebas realizadas en instancias anteriores.
La joven, desde el día de la agresión, presenta síntomas de trastorno adaptativo reactivo postraumático, con graves secuelas psicológicas.