La Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Cabildo de Gran Canaria, que dirige Demetrio Suárez, ha creado y registrado la marca de garantía Gran Canaria Calidad, que permitirá certificar la identidad, procedencia y calidad de los productos de la isla.
El objetivo del Cabildo es el de identificar los productos agroalimentarios de Gran Canaria y mejorar su posicionamiento y comercialización, dando soporte promocional a los numerosos productos típicos de nuestra isla que, cada vez más, son demandados tanto por el consumidor local, como por el visitante. Todos los productos de Gran Canaria podrán ser susceptibles de llevar la marca de calidad, siempre que superen las exigencias que se estipulan en su Reglamento.
Así, Gran Canaria Calidad dará cobertura a aquellos productos agropecuarios y pesqueros originarios y producidos en Gran Canaria con caracteres tradicionales y diferenciales propios que, por su naturaleza o peculiaridades, ofrezcan unas características específicas de calidad que permitan distinguirlos de otros productos de la misma categoría.
La autorización de la marca tendrá una duración inicial de doce meses y podrán solicitarla personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes que produzcan, transformen, elaboren y/o comercialicen alimentos de la isla.
La creación del distintivo Gran Canaria Calidad forma parte de la política agroalimentaria que ha diseñado la consejería de Demetrio Suárez, una política basada en la promoción de la calidad de los productos agroalimentarios, testimonio de su clara apuesta de futuro para con el desarrollo del ámbito rural.
El objetivo del Cabildo es el de identificar los productos agroalimentarios de Gran Canaria y mejorar su posicionamiento y comercialización, dando soporte promocional a los numerosos productos típicos de nuestra isla que, cada vez más, son demandados tanto por el consumidor local, como por el visitante. Todos los productos de Gran Canaria podrán ser susceptibles de llevar la marca de calidad, siempre que superen las exigencias que se estipulan en su Reglamento.
Así, Gran Canaria Calidad dará cobertura a aquellos productos agropecuarios y pesqueros originarios y producidos en Gran Canaria con caracteres tradicionales y diferenciales propios que, por su naturaleza o peculiaridades, ofrezcan unas características específicas de calidad que permitan distinguirlos de otros productos de la misma categoría.
La autorización de la marca tendrá una duración inicial de doce meses y podrán solicitarla personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes que produzcan, transformen, elaboren y/o comercialicen alimentos de la isla.
La creación del distintivo Gran Canaria Calidad forma parte de la política agroalimentaria que ha diseñado la consejería de Demetrio Suárez, una política basada en la promoción de la calidad de los productos agroalimentarios, testimonio de su clara apuesta de futuro para con el desarrollo del ámbito rural.
Gran Canaria Calidad permitirá:
1. La diferenciación de los productos típicos elaborados mediante procesos locales de producción.
2. Logrará que estos productos diferenciados ocupen los huecos de mercados originados por la internacionalización de las grandes empresas de alimentación.
3. Impulsará la aplicación de tecnologías apropiadas que permitan eliminar riesgos y dar seguridad al consumidor en el proceso de producción de estos productos.
4. Garantizará la adecuada práctica de elaboración, inherentes a cada producto que se acoja a la marca.
5. Brindará la oportunidad a aquellos consumidores que, siendo más exigentes, demandan productos con un matiz de calidad diferenciado.
Clases de productos
· Clase 29: carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles.
· Clase 30: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo.
· Clase 31: productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y legumbres frescas; semillas, plantas y flores naturales; alimentos para los animales; malta.
· Clase 32: cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas.
· Clase 33: bebidas alcohólicas (con excepción de las cervezas).
· Clase 34: tabaco; artículos para fumadores; cerillas.
1. La diferenciación de los productos típicos elaborados mediante procesos locales de producción.
2. Logrará que estos productos diferenciados ocupen los huecos de mercados originados por la internacionalización de las grandes empresas de alimentación.
3. Impulsará la aplicación de tecnologías apropiadas que permitan eliminar riesgos y dar seguridad al consumidor en el proceso de producción de estos productos.
4. Garantizará la adecuada práctica de elaboración, inherentes a cada producto que se acoja a la marca.
5. Brindará la oportunidad a aquellos consumidores que, siendo más exigentes, demandan productos con un matiz de calidad diferenciado.
Clases de productos
· Clase 29: carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles.
· Clase 30: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo.
· Clase 31: productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y legumbres frescas; semillas, plantas y flores naturales; alimentos para los animales; malta.
· Clase 32: cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas.
· Clase 33: bebidas alcohólicas (con excepción de las cervezas).
· Clase 34: tabaco; artículos para fumadores; cerillas.