Fernando T. Romero*
La larga y costosa huelga
de limpieza viaria y de recogida de basura del pasado mes de noviembre en
Madrid terminó impidiendo el despido de más de mil trabajadores y evitó una
reducción del 40% de sus salarios de un día para otro.
Al centrarse la mencionada
reivindicación laboral en la capital del país, su resonancia a nivel nacional e
internacional se hizo muy visible. La alcaldesa Ana Botella, con su orgullo
herido, víctima de su propia incapacidad, y Esperanza Aguirre, camaleónica y
escurridiza líder del PP madrileño, realizaron declaraciones que obtuvieron una
inmediata reacción del gobierno. Así, el propio Rajoy planteó la necesidad de
una ley de servicios mínimos. Otros hablaron de aprobar una ley de huelga.
Finalmente, se ha optado, de momento, por la rápida presentación de un proyecto
de Ley de Seguridad Ciudadana.
Es evidente que este
proyecto de ley es una pieza más del plan perfectamente diseñado de modelo de
sociedad que el gobierno del Partido Popular se ha propuesto imponer a toda la
sociedad. Pero independientemente de ello, lo cierto es que este conflicto
laboral ha sido aprovechado como pretexto para su definitiva introducción y
posterior aprobación.
El Gobierno, con su
presidente al frente, con la excusa de la seguridad ciudadana, prepara un nuevo
recorte (“reforma”, según ellos), no en la economía; ahora toca recortar
derechos ciudadanos (cínicamente “reformar”). Se trata de un paquete de medidas
para coartar la libertad de manifestación de los ciudadanos y reprimir la
protesta social. No se podía esperar menos de un gobierno al que le gustan las
mayorías silenciosas y los ciudadanos callados y en sus casas.
O como ha escrito el
periodista Ignacio Escolar, “el gobierno no busca regular los servicios mínimos,
sino restringir el derecho constitucional a la huelga. Los servicios mínimos ya
están regulados y existe jurisprudencia. Además, el Tribunal Constitucional,
mediante sentencia, ha fijado en qué consisten y cómo se aplican.”
Ley de seguridad ciudadana,
ley de servicios mínimos, ley de huelga… Esta última, la huelga, también está
regulada por un decreto anterior a la Constitución que fue convalidado en 1981
por el Tribunal Constitucional. Y toda la jurisprudencia posterior ha llenado
cualquier vacío al respecto.
No hay necesidad de nuevas
regulaciones, pues actualmente en nuestro país existe una normativa exacta
sobre cuáles son los servicios esenciales a preservar en caso de huelga. Está
establecido a quien corresponde fijar los servicios mínimos, su porcentaje y a
qué sanciones dará lugar su incumplimiento, incluidos los despidos. Además, está
prevista la figura del arbitraje obligatorio que faculta a la Administración
para obligar a reanudar la actividad laboral en caso de que el paro sea gravemente
perjudicial para la economía del país.
Toda esa legislación ha
venido funcionando con normalidad en los últimos 36 años. En este tiempo, como
corresponde a un país democrático, se han sucedido muchas concentraciones y
manifestaciones públicas, huelgas sectoriales y también huelgas generales, etc.
Por eso, pretender regular ahora sobre lo que ya está regulado (y que ha
funcionado razonablemente), sólo busca reducir o limitar el derecho de huelga,
un derecho fundamental de los ciudadanos reconocido en la Constitución (artículo
28.2).
Sin embargo, nada nuevo
bajo el sol, ya que en tiempos de crisis todos los partidos gobernantes de la
democracia (UCD en 1980, PSOE en 1987 y ahora el PP) se han planteado aprobar
una ley de huelga.
No obstante, si realmente
hiciera falta una ley de huelga, tendría que ir justo en sentido contrario al
que, se intuye, irá la que viene. Debería ser una ley que protegiera a quienes
más dificultades tienen para ejercer este derecho (sobre todo, tras la reforma
laboral), y, sin unos servicios mínimos abusivos que se repiten huelga tras
huelga, aunque la justicia “a posteriori” dé la razón a los trabajadores. En
definitiva, una ley que garantice nuestro derecho de reunión y manifestación
para que no seamos acosados ni golpeados ni identificados arbitrariamente ni
sancionados abusivamente, tal como se pretende ahora.
La iniciativa gubernamental
empieza por esta ley de seguridad ciudadana, pero no se quedará solo en ella,
ya que se trata de un plan de restricciones de las libertades que probablemente
continuará con una ley de huelga, de servicios mínimos, etc.
Por ello, tendríamos que
preguntarnos si realmente existe en nuestro país un problema de orden público
de tal dimensión que la sociedad esté demandando una respuesta del calibre que
nos propone este proyecto denominado exactamente “ley para la protección de la
seguridad ciudadana”. Uno piensa realmente que no.
Sin embargo, con la
aprobación de este proyecto legal, las fuerzas de seguridad decidirán sin
ninguna intervención judicial las sanciones a pancartas, a expresiones coreadas
y a otros soportes de la libertad de expresión. Esta Ley Fernández fijará
multas importantes a quienes en concentraciones o manifestaciones miren a los
antidisturbios con cierto desdén, emitan expresiones no laudatorias hacia el
Rey, pretendan manifestarse cerca de según qué edificios o se les ocurra
expresarse dudando del buen nombre de la madre patria. Menos mal que no nos
prohíben expresarnos contra las madres de los demás, excepto, claro está, si
nos acordamos de las madres de los antidisturbios, porque, de hacerlo, también
seríamos sancionados por ello.
Como dice el escritor Juan
José Téllez: "¿Qué hubiera sido del poeta Luis Cernuda cuando llamó a la España
de charanga y pandereta 'ardiente y andrajosa'? ¿O de Antonio Machado cuando
sentenciaba que 'En España, de diez cabezas, nueve embisten y una piensa'? ¿O
de Cánovas del Castillo, político de la Restauración y modelo para muchos en el
PP si volviese a repetir aquello de 'son españoles los que no pueden ser otra
cosa'?"
Es solo un ejemplo, pero
esos insignes personajes, de encontrarse en una manifestación cada uno con su
pancarta, probablemente serían sancionados por los antidisturbios en aplicación
de la ley que nos anuncian.
Está claro que con el
proyecto de ley, si como es previsible se aprueba, los gobernantes sólo
persiguen restricciones arbitrarias e indefensión de los ciudadanos en el libre
ejercicio pacífico de los derechos de libertad de expresión, de información, de
manifestación y de reunión reconocidos en la Constitución (artículos 20 y 21).
Por tanto, se persigue
amordazar a los ciudadanos y maniatar a los trabajadores. Una vez desactivados
unos y otros, se apela a la razón y al buen juicio de la mayoría silenciosa. ¡Qué
cinismo!
Concluimos con una
significativa expresión del periodista mencionado al principio, cuando ha
escrito que la nueva ley “pretende poner alambres de cuchillas a los derechos
fundamentales de los ciudadanos”.
Pues eso, como sugerimos
con el título que encabeza esta reflexión, la nueva Ley de Seguridad Ciudadana:
más ideología… reaccionaria, más recortes y, ahora, represión.
*Fernando T. Romero es miembro de la Mesa de Roque Aguayro.