31 de marzo de 2021

Roque Aguayro pide al Ministerio de Hacienda que flexibilice el IRPF a las personas afectadas por ERTEs

 Miércoles, 31 de marzo.

Captura del pleno telemático de marzo del Ayuntamiento de Agüimes
Redacción

El Ayuntamiento de Agüimes aprobó este lunes una moción de Roque Aguayro en la se solicita al Ministerio de Hacienda, tal y como han hecho ya varios sindicatos, que los ERTEs no penalicen fiscalmente a los trabajadores afectados por esta figura, para lo que se propone que no se considere al Servicio Público de Empleo (SEPE) como pagador a efectos del IRPF.
La propuesta contó con el apoyo de los concejales-as de Roque Aguayro, Ciudadanos y PNC-CC, mientras que el grupo socialista prefirió votar en contra, "alineándose con el argumentario del Gobierno de España, para hacer una defensa de la gestión de este impuesto por parte del Ministerio de Hacienda que se aleja mucho de los intereses de la ciudadanía que se ha visto afectada por las consecuencias económicas y laborales derivadas de la pandemia del coronavirus", señala Roque Aguayro en un comunicado de prensa.
El texto de la moción aprobada señala textualmente que "la crisis del coronavirus ha afectado a una gran cantidad de empresas que se han visto obligadas a llevar a cabo Expedientes de Regulación Temporal de empleo (ERTE) para sus empleados. Como consecuencia, los trabajadores han dejado de cobrar su salario, percibiendo la prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo estatal (SEPE).
Recientemente se ha publicado el Real Decreto-Ley 2/2021, que tiene como objeto la regulación de la prórroga de los ERTES de fuerza mayor hasta el 31 de mayo de 2021. A fecha 31 de diciembre de 2020 había 755.613 trabajadores en ERTE. El SEPE se considera otro pagador desde la fecha en que se haya presentado el ERTE. La cantidad que abona el SEPE (la prestación por desempleo equivalente al 70% de la base reguladora) se considera, a efectos fiscales, rendimientos de trabajo.
Cambiar de trabajo, simultanear empleos o quedarse en paro son algunas de las situaciones habituales por las que los trabajadores perciben ingresos de dos o más pagadores en el mismo año. Esta circunstancia influye, en las obligaciones fiscales como contribuyente, y, además,puede afectar al resultado de la declaración de la renta en el momento de su presentación. Por una parte, recibir esta cantidad podría obligara ciertas personas a presentar la declaración cuando en años anteriores no lo hacían. Por otra, es probable que el resultado le salga a pagar. Estar afectado por un ERTE, ERE o estar desempleado puede suponerle a una persona que, en condiciones normales estaría exento de presentar la declaración de la renta,ahora tenga que cumplimentarla.
La ley establece que sólo hay obligación de presentar declaración de la renta si se ingresa un importe igual o superior a 22.000 € como rendimientos de trabajo durante el año. Sin embargo, este límite se reduce hasta los 14.000 € cuando el trabajador ha tenido dos o más pagadores y, además, la cantidad abonada por el segundo (y restantes pagadores) supera los 1.500 €. Por lo tanto, aquellos trabajadores que han estado durante dos o tres meses en un ERTE tienen obligación de presentar la declaración de la renta en el próximo año, pese a tener unos ingresos inferiores a 22.000 €. Y en este sentido uno de los problemas más comunes de tener dos o más pagadores en el año es que el resultado de la declaración de la renta salga a pagar".